Normas

Tiene por objetivo establecer las disposiciones básicas, reglamentarias y técnicas para la elaboración de planes de manejo para el aprovechamiento comercial sostenible de los recursos o productos forestales no maderables en bosques y tierras forestales naturales.


Es la norma técnica que servirá para que las Comunidades campesinas, indígenas y originarias, Organizaciones No Gubernamentales, Instituciones Académicas y Científicas, Empresas Privadas y otras, tengan los lineamientos básicos que les permitan preparar y presentar planes de manejo de fauna silvestre.


Modifica el procedimiento administrativo de control de calidad ambiental previsto en el Título V del Reglamento de Prevención y Control Ambiental – RPCA, Artículo 58 del Reglamento General de Gestión Ambiental – RGGA, aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995 y los Artículos 3 al 7 del Decreto Supremo N° 26705 de 10 de julio de 2002.


Establece los criterios técnicos y procedimientos a seguirse en la elaboración, aprobación, implementación, seguimiento y control de los Planes de Ordenamiento Predial (POP), dentro del marco de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables sobre la materia.